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Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos C‑453/18 y C‑494/18.

PROCEDIMIENTO PREJUDICIAL — COOPERACIÓN JUDICIAL EN MATERIA CIVIL — PROCESO MONITORIO EUROPEO —APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA QUE ACREDITE LA DEUDA — CLÁUSULAS ABUSIVAS EN LOS CONTRATOS CELEBRADOS CON CONSUMIDORES — DIRECTIVA 93/13/CEE — CONTROL POR PARTE DEL ÓRGANO JURISDICCIONAL ANTE EL QUE SE HA PRESENTADO UNA PETICIÓN DE REQUERIMIENTO EUROPEO DE PAGO. Asuntos acumulados C‑453/18 y C‑494/18,que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Juzgado de Primera Instancia n.º 11 de Vigo (Pontevedra) y por el Juzgado de Primera Instancia n.º 20 de Barcelona, mediante autos de 28 de junio y 17 de julio de 2018, recibidos en el Tribunal de Justicia el 11 y el 27 de julio de 2018, en los procedimientos entre Bondora AS y Carlos V. C. (C‑453/18), XY (C‑494/18)., El órgano jurisdiccional que conoce de un proceso monitorio europeo puede pedir al acreedor información complementaria relativa a las cláusulas contractuales que este invoca para acreditar la deuda de que se trate, con el fin de controlar de oficio el carácter eventualmente abusivo de esas cláusulas, y de que, en consecuencia, se oponen a una normativa nacional que declara inadmisible la documentación complementaria aportada a tal efecto.

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