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Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sentencia de 20 de septiembre de 2019.

LABORAL. RECLAMACIÓN DE HORAS EXTRAS POR WHATSAPP. DESPIDO Exigir vía Whatsapp al jefe una modificación de contrato para cobrar las horas extras no supone una reclamación oficial que convierta en nulo el posterior despido. Esta ha sido la conclusión a la que ha llegado la Sala de lo Social del TSJ Galicia en la reciente sentencia en la que ha rechazado declarar la nulidad del despido de la camarera que, el día antes a la extinción de la relación laboral, reclamó a su jefe modificar el contrato para conseguir que reflejase las horas efectivamente trabajadas. Según la argumentación del fallo, no puede apreciarse que el despido fuese una represalia de la empresa contra la trabajadora por las posibles acciones legales que ella pudiera emprender. El principal argumento dado por el tribunal para alcanzar esta conclusión es que los mensajes intercambiados entre la trabajadora y el jefe no prueban que la empleada anunciase su intención de reclamar o entablar acciones contra la empresa. Por tanto, la Sala concluye que no puede apreciarse que el despido vulnerase la garantía de indemnidad de la trabajadora. Es decir, la empresa no ha cometido ningún ataque contra el derecho fundamental de la camarera a reclamar ante los tribunales sin obstáculos o represalias en su puesto de trabajo.

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