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Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso.

LA INDEMNIZACIÓN OBLIGATORIA POR CESE DE LOS ALTOS DIRECTIVOS ESTÉ EXENTA DE IPRF. Cambio de doctrina. jurisprudencia procedente del orden social. lo relevante es el carácter obligatorio de la indemnización en una cuantía mínima obligatoria de 7 días de salario por año de trabajo, con el límite de seis mensualidades y, por tanto, en esa cuantía la indemnización está exenta de tributación en el IRPF.

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