Novedades JurisprudencialesArticulos y NoticiasConsejo General del Poder JudicialDerecho CivilDerecho ComunitarioDerecho ConstitucionalDerecho Contencioso AdministrativoDerecho MercantilDerecho MilitarDerecho PenalDerecho SocialGuía de asistencia letradaNormativa AutonómicaNormativa EstatalNormativa Estatal UcraniaNormativa Europea Ucrania Buscar en esta categoría: Tribunal Supremo. Sentencia de 22 de julio de 2021.SANCIÓN A MAGISTRADO POR SU RESISTENCIA A UTILIZAR LOS MEDIOS OFIMÁTICOS PUESTOS A SU DISPOSICIÓN. Jueces y magistrados están legalmente obligados a emplear los medios informáticos a la hora de confeccionar las minutas que deben trasladar a la oficina para que redacte el texto final de las resoluciones judiciales. Esta obligación no está condicionada a homologación alguna o al dictado de instrucciones de uso por el CGPJ, y tampoco puede escudarse el sancionado para negarse a utilizar esos medios en la patología que sufre en un dedo.
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