Inicio Biblioteca Novedades Jurisprudenciales

Novedades Jurisprudenciales

Buscar en esta categoría:

Audiencia Provincial de Castellón. Auto de 13 de mayo de 2019.

BANCARIO: JUICIO DE OPOSICIÓN. EJECUCIÓN HIPOTECARIA. CLÁUSULA DE VENCIMIENTO ANTICIPADO. NULIDAD. ARCHIVO DEL PROCESO. Aplicación de la Sentencia de 26 de marzo de 2019 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en respuesta a la cuestión prejudicial planteada por la Sala Civil del Tribunal Supremo. La sentencia del TJUE admite la integración del contrato con el actual art. 693.2 LEC, que desde su reforma por la Ley 1/2013 considera suficiente el impago de tres cuotas mensuales, o la cantidad equivalente, para que la entidad prestamista pueda promover el procedimiento de ejecución hipotecaria, siempre que esté incluido en el contrato e inscrito en el Registro de la Propiedad. Ahora bien, dicha integración solamente puede llevarse a cabo si el contrato no puede subsistir sin la cláusula controvertida. El Auto de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Castellón, considera que la supresión de la cláusula de vencimiento anticipado no impide la subsistencia del contrato ni, por ende, da lugar a su integración con el texto del ato.693.2 LEC. Suprimida la tan mencionada cláusula, subsisten íntegras las obligaciones de las partes. Más concretamente, una vez entregado el dinero, la de devolución de capital e intereses que pesa sobre el prestatario. Y a la eventualidad del incumplimiento de entidad suficiente por parte de este, puede la entidad prestamista, pese a haber perdido la posibilidad de instar la ejecución hipotecaria como consecuencia de la abusividad de la cláusula declarada nula, bien promover la ejecución ordinaria de título no judicial, bien ejercitar la facultad resolutoria contemplada en el antes citado artículo 1124 Código Civil. La consecuencia inevitable de la supresión y consiguiente expulsión del contrato de la mentada cláusula abusiva es que no pueda continuar el proceso de ejecución hipotecaria, que, por lo tanto, debe ser archivado.

Escudo
2024 © ICA Oviedo - Todos los derechos reservados

C/Schultz 5, 33003 Oviedo
Tfno.: 985 21 23 70 - Fax: 985 22 85 82
Email: info@icaoviedo.es