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Protocolo de actuación para suspensión procesal en caso de enfermedad o accidente incapacitante para el ejercicio de la Abogacía

Ha sido confeccionado por la CRAJ del ICA Oviedo con la colaboración del TSJA

Independientemente de la regulación procesal que existe sobre la interrupción de plazos y suspensión de vistas por causas de fuerza mayor, en la práctica no siempre resulta fácil ejercitar tal derecho por la gravedad de las circunstancias que nos afecten y, en no pocos supuestos, por su carácter sobrevenido.

Con el fin de velar por su efectividad –imprescindible cuando nos vemos inmersos en dichas situaciones- el ICA Oviedo ha confeccionado el “Protocolo de actuación para suspensión procesal en caso de enfermedad o accidente incapacitante para el ejercicio de la Abogacía” que se adjunta y que está disponble en el siguiente enlace de la web colegial dedicado a la CRAJ: https://craj.icaoviedo.es/documentacion/.

Si se dieran las circunstancias que hicieran a cualquier colegiado necesitar de tal servicio, podréis poner en conocimiento del Colegio el hecho de la enfermedad o accidente impeditivos en la dirección de correo electrónico craj@icaoviedo.es

El Colegio y en particular la Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia ha contado para este trabajo con la inestimable colaboración del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias.

Protocolo de actuación

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