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El BOE publica la prórroga de la dispensa del uso de togas

Las partes que asistan a actuaciones orales estarán dispensadas del uso de togas en las audiencias públicas hasta el 20 de junio de 2021 inclusive.

19/09/2020.- El Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia por la que se establecen "medidas de carácter organizativo para garantizar la distancia de seguridad en el desarrollo de las vistas y audiencias públicas, salvaguardando en determinados casos la presencialidad del investigado o acusado en el ámbito penal o las exploraciones médico forenses, y se fomentan medidas para incorporar las nuevas tecnologías a las actuaciones procesales y, en general, a las relaciones de los ciudadanos y ciudadanas con la Administración de Justicia, que eviten, en la medida de lo posible, excesivas concentraciones en las sedes judiciales."

En el artículo 17 se promulga la dispensa del uso de las togas para letrados y procuradores hasta el 20 de junio de 2021 inclusive.

En el artículo 18 se explicita que la atención presencial al público en cualquier sede judicial o de la fiscalía seguirá realizándose mediante cita previa.

BOE LEY 3/2020, DE 18 DE SEPTIEMBRE

 

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