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La abogada del ICA Oviedo Ana Fernández del Valle consigue que se anule el sistema de cálculo del ITP y AJD utilizado por los Servicios Tributarios del Principado

La sentencia del TSJA se basa en la necesidad de que un perito de la Administración reconozca de modo personal y directo el bien inmueble que debe valorar y no se calcule por la tasación hipotecaria realizada por un banco.

16/12/2021.- El 29 de noviembre de este año, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias se pronunciaba al respecto del recurso contencioso administrativo interpuesto, bajo la dirección letrada de nuestra compañera Ana Fernández del Valle, contra el Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias y contra los Servicios Tributarios del Principado de Asturias.

El fallo del Alto Tribunal asturiano anula el uso de la tasación hipotecaria como base para calcular el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y señala la necesidad de que el perito de la Administración se persone en el bien inmueble a valorar.

En palabras de la abogada: "En mi opinión, la sentencia del TSJA encauza un método de comprobación de valores (valor de la tasación hipotecaria) que se aplicaba de manera automática, dirigiéndolo a una práctica más racional y justa.

El valor de la tasación hipotecaria en muchas ocasiones es superior al valor real del inmueble porque los ciudadanos, a la hora de solicitar un préstamo, es habitual que lo hagan para otros conceptos además del precio de la compraventa, como puede ser los gastos e impuestos de la operación, obras de rehabilitación, etc. Por ello, es importante la valoración por un perito de la Administración para garantizar que el valor comprobado se ajuste al valor real del inmueble."

RESUMEN DE LA SENTENCIA 324 Y SENTENCIA 

Foto: tributaenasturias.es

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