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Novedades Jurisprudenciales

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8.- 21/12/2023 BOE. Real Decreto-ley 6/2023, 19 de diciembre. MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y PROCESAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, FUNCIÓN PÚBLICA, RÉGIMEN LOCAL Y MECENAZGO PARA LA EJECUCIÓN DEL PRTR · Normativa Estatal
7.- 28/10/2022 BOE. Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática. · Normativa Estatal
6.- 26/07/2021 BOE. 20 de julio de 2021, Instrucción de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la intervención del Ministerio Fiscal en los procedimientos del Registro Civil tras la entrada en vigor de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. · Normativa Estatal
5.- 08/05/2020 BOE. Tribunal Constitucional: Recurso de inconstitucionalidad n.º 1813-2020, contra disposición final segunda del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. · Normativa Estatal
4.- 22/02/2020 BOE. LABORAL. RDL 4/2020. DEROGACIÓN DEL DESPIDO POR FALTA DE ASISTENCIAS AL TRABAJO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 54) DEL TR DE LA LEY DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES. La reforma de 2012 facilitó este despido al introducir el requisito de que el total de asistencias en los 12 meses anteriores alcanzara el 5% de las jornadas hábiles y al eliminar la circunstancia de que el índice de absentismo total de la plantilla del centro de trabajo superara el 2,5% en los mismos periodos de tiempo. Pero el despido objetivo por falta de asistencia ya se contemplaba en el ET de 1980 y su utilización ha sido muy escasa. · Normativa Estatal
3.- 10/09/2019 BOE. SE AMPLIA, AL 31 DE DICIEMBRE, LA OBLIGACIÓN DE LOS ABOGADOS VINCULADOS AL MUNDO SOCIETARIO DE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO MERCANITL. La dirección general de registros y notariados hace pública una instrucción donde da cabida a los formularios necesarios y abre un nuevo plazo hasta final de año. · Normativa Estatal
2.- 06/03/2019 BOE. DECRETO DE MEDIDAS URGENTES EN MATERIA DE VIVIENDA Y ALQUILER. El decreto del alquiler, que limita la subida de los precios al IPC, entra en vigor, hoy 6 de marzo de 2019. Las nuevas normas afectarán a todos los contratos nuevos durante la duración del contrato firmado. Con este real decreto, que amplía a cinco años la prórroga de la duración del contrato frente a los tres actuales, se vuelve a la situación de 1994 respecto a la toma en consideración del incremento del IPC para situar el aumento de la renta de las viviendas en alquiler, aunque en este caso el IPC no será obligatorio como entonces y sólo operará como techo. El real decreto incluye la ampliación de la prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de 3 a 5 años (o a 7 años si el arrendador es persona jurídica). También se recoge la ampliación de la prórroga tácita de uno a tres años y recoge como novedad la ampliación del plazo de preaviso, por el que se establecen cuatro meses para el arrendador y dos meses para el arrendatario. Los contratos de arrendamiento sometidos a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, celebrados con anterioridad a su entrada en vigor de la nueva norma, continuarán rigiéndose por lo establecido en el régimen jurídico que les era de aplicación. También amplía la prórroga tácita de uno a tres años y el plazo de preaviso, por el que se establecen cuatro meses para el arrendador y dos meses para el arrendatario. Igualmente, el decreto señala que los contratos de arrendamiento deben respetarse siempre por los terceros compradores del inmueble, de modo especial en el periodo de prórroga obligatoria de cinco o siete años. También indica que, en caso de fallecimiento del arrendatario, en situaciones de vulnerabilidad, se pueda mantener la vivienda arrendada por el familiar con el que estuviese conviviendo. Ver RD Ley 7/2019 de 1 de marzo. · Normativa Estatal
1.- 21/09/2018 BOE. El canal de denuncias sobre blanqueo de capitales se hace obligatorio; todos los sujetos obligados por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales, incluidos abogados, procuradores u otros profesionales independientes en aquellas cuestiones que les afectan- deberán contar a partir de ahora con canales específicos para la denuncia interna de conductas contrarias a la ley o a los procedimientos internos de la entidad para permitir el cumplimiento de la misma. Así, se establece en el Real Decreto-Ley 11/201 · Normativa Estatal

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