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Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sentencia de 26 de enero de 2024.

DATOS PERSONALES. Un trabajador puede aportar datos personales de sus compañeros si existe un interés legítimo para ejercer su defensa. En estos casos en los que los datos serán tratados por los jueces, no es necesario el consentimiento para su cesión. Prevalece el derecho a utilizar todos los medios de prueba pertinentes para la defensa frente al de protección de los datos personales.

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