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Audiencia Provincial de Oviedo. Sentencia de 24 de junio de 2020.

BANCARIO: LIBERBANK, S.A. NULIDAD POR ABUSIVAS DE LAS CLÁUSULAS RELATIVAS A COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS. CONSECUENCIAS DE LA NULIDAD. RESTITUCION. DETERMINACION EN EJECUCION DE SENTENCIA. ALCANCE DEL ART. 219 LEC. Considera la Sala que “la determinación de la cantidad a restituir puede hacerse en ejecución de sentencia, con respeto a lo previsto en el artículo 219 de la LEC. Esta Sala ha señalado la improcedencia de acordar la restitución cuando no consta la aplicación de la cláusula en cuestión, que es negada por la entidad demandada, pero tal no es el caso. Cuando como ocurre en el supuesto que nos ocupa, su aplicación no se discute y está acreditada, la determinación de la cantidad debida por tal concepto puede hacerse en ejecución de sentencia, respetando lo previsto en el artículo 219 de la LEC, tal y como han señalado diversas resoluciones de esta Audiencia que cita la propia apelante”.

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