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Tribunal Supremo. Sentencia de 11 de abril de 2024.

HIJOS. El nacimiento de nuevos hijos fruto de una relación posterior no justifica la modificación de las pensiones establecidas para los primeros descendientes. Para el Tribunal Supremo, lo que sí ha de valorarse es la capacidad adquisitiva del progenitor que ha de pagar la manutención de sus primeros hijos.

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