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Tribunal Supremo. Sentencia de 10 de junio de 2024.

El banco no reintegrará a las inmobiliarias el dinero anticipado en la compraventa de viviendas residenciales no entregadas. Las sociedades mercantiles están excluidas de la ley que protege a los compradores, ya que la adquisición de viviendas por parte de las empresas no tiene una finalidad de “uso personal”.

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