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Tribunal Supremo. Sentencia de 25 de septiembre de 2024.

PENSIÓN DE JUBILACIÓN. Renuncia a la percepción de la prestación. Es posible dejar sin efecto por voluntad del beneficiario una prestación de jubilación reconocida inmediatamente después de su notificación, para poder solicitarla más adelante, en un momento posterior que le pueda resultar más favorable al aumentar su período de cotización. No se trata de una actuación que pueda considerarse ilegal y tampoco puede entenderse como la renuncia al derecho a una prestación pública de la Seguridad Social

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