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Tribunal Supremo. Sentencia de 6 de junio de 2024.

HURTO. No es llave falsa la utilizada por el empleado para entrar en el bar en el que trabajaba y sustraer dinero de la caja. En este caso, los hechos constituyeron un delito de hurto y no de robo con fuerza en las cosas. En la medida en que el acusado accedió al bar con la llave que el mismo tenía como empleado, y la llave fue facilitada por su empleador, el hecho debe calificarse como hurto.

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